El Juzgado Mercantil n.º 8 de Barcelona ha resuelto que las empresas de seguimiento de medios, y más en concreto Hallon Inteligence, no pueden consignar el pago de derechos de autor, por el uso de contenidos de periódicos y revistas para elaborar y comercializar resúmenes de prensa, si no cuentan con la autorización necesaria.
Este dictamen se enmarca en el procedimiento iniciado por CEDRO contra Hallon, empresa a la que demandó en 2024 por utilizar contenidos de prensa de su repertorio sin contar con la autorización que concede en nombre de los editores de periódicos y revistas.
De esta manera, el tribunal descarta la estrategia legal de Hallon, que pasaba por la consignación del pago de derechos, cuando intentó ampararse en el artículo 163 de la Ley de Propiedad Intelectual, que permite realizar consignaciones mientras se negocia una licencia y su tarifa.
En este sentido, la magistrada que se ocupa de este procedimiento ha concluido que esta vía no puede aplicarse en este caso, ya que se trata de una posible infracción de derechos de autor y no de un proceso de negociación, ya que la compañía está operando sin la licencia necesaria para utilizar contenidos del repertorio de CEDRO desde agosto del pasado año.
Esta resolución, que forma parte del proceso, se centraba en determinar si Hallon podía consignar judicialmente el pago de derechos de autor por la licencia que debería haber obtenido hace ya casi un año.
Además, la juez ha reiterado el principio de que no pueden utilizarse contenidos protegidos sin autorización, como son los artículos de periódicos y revistas, y ha subrayado que la consignación no puede ser utilizada para eludir las obligaciones legales con los editores de prensa, y lo más importante es que esta decision crea jurisprudencia.
Así las cosas, Hallon podría estar comercializando resúmenes de prensa entre empresas privadas, que van desde pymes hasta grandes compañías del Ibex, pasando por administraciones públicas de todos los niveles, incluidos ayuntamientos y altas instituciones del Estado.
Esta resolución judicial es firme y no admite recurso; y como consecuencia, el juzgado deberá devolver a Hallon las cantidades que esta ha consignado durante los últimos meses, al no proceder esa medida en un contexto de posible infracción de derechos como el actual, de manera que continuará el curso judicial correspondiente.
Esta resolución viene a apoyar la difícil sostenibilidad económica del sector editorial, protegiendo además al periodismo profesional, considerado un pilar fundamental de la democracia, desestima además la petición de medidas cautelares contra CEDRO.
De la misma manera, hace algunos días quedó resuelta la solicitud de Hallon de medidas cautelares por conducta desleal contra CEDRO presentada en el juzgado mercantil de Madrid n.º 18, que la desestimó procediendo a la devolución de la consignación judicial que Hallon había realizado, una decisión que llegó tras un pronunciamiento anterior de la Audiencia Provincial de Barcelona, que ya había rechazado las medidas cautelares solicitadas por CEDRO contra Hallon en un procedimiento paralelo.